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¿Mi comunidad tiene que presentar el modelo 347 a la Agencia Tributaria?

Tu comunidad tiene presentar el modelo 347 para declarar si a algún proveedor durante el año 2021 le ha pagado más de 3.005,06 €. Por ejemplo, si habéis hecho alguna obra con un contratista y la suma de todas las facturas supera esa cantidad, toca declarar.

En resumen, si a ningún proveedor se le ha pagado más de esa cantidad, no tienes que preocuparte. Esa es la parte buena de este post.


Si estás en la parte mala, en la que tienes que ocuparte ( no preocuparte), lo ideal es que cuentes con un administrador de fincas colegiado que lo haga y se terminó el problema. Pero si no lo tenéis, y sobre todo eres el presidente, te voy a dar la información básica para que puedas organizarte.

¿Qué plazo hay?

La presentación del Modelo 347 Declaración anual de operaciones con terceras personas, se debe realizar durante el mes de febrero de cada año en relación con las operaciones realizadas durante el año natural anterior, finalizando el plazo el día 28 de febrero de 2022 (lunes).

Si la comunidad está domiciliada en Andalucía, al ser festivo el día 28 de febrero , se amplía el plazo hasta el 1 de marzo.

Por tanto, y concretando, las operaciones con terceros igual o superior a 3.005,06€ de adquisiciones de bienes o de servicios, deberán ser declaradas por su importe total (incluido el IVA) con los datos del proveedor. con independencia de que se efectúen al margen de las actividades empresariales o profesionales (que no suele ser lo habitual).

Es recomendable que confirmes el detalle de facturas recibidas con cada proveedor antes de elaborar este modelo, porque ellos también lo van a presentar y así se evitan discrepancias por un error básico (que se traspapele una factura y no se sume el total lo mismo , por ejemplo)


Es importante que controles que, no se tienen que incluir las siguientes operaciones:

  • Las de suministro de energía eléctrica y combustibles de cualquier tipo con destino a su uso y consumo comunitario.

  • Las de suministro de agua con destino a su uso y consumo comunitario.

  • Las derivadas de seguros que tengan por objeto el aseguramiento de bienes y derechos relacionados con zonas y elementos comunes.

Ejemplo

Para entender cómo hay que hacer las cuentas pongo un ejemplo:

Supongamos que tu comunidad de propietarios, no desarrolla ninguna actividad empresarial o profesional, algo normal. Y consideremos que a lo largo del ejercicio 2021 ha ocurrido lo siguiente:

  • Se han hecho reformas en las zonas comunes por importe de 15.000 €.

  • Los gastos de electricidad, es decir , la suma de todas las facturas de la luz del año , ascienden a 3.200 €.

  • Las facturas del mantenimiento del ascensor suman 3.050 €

¿Cómo ha de informarse de estas operaciones en el modelo 347?

Ejercicio 2021:

Por las operaciones de reforma deberá presentarse Declaración:

“Clave de operación” = “D”.

“Importe anual de las operaciones”= 15.000 €

Por las operaciones de mantenimiento del ascensor deberá presentarse Declaración:

“Clave de operación” = “D”.

“Importe anual de las operaciones”= 3.050 €

Por los gastos de electricidad no deberá informarse, ya que se excluye de la obligación de informar por operaciones de suministro de energía eléctrica.


La presentación es TELEMÁTICA


La presentación tiene que ser telemática, por lo que debes hacerlo con la firma electrónica de la comunidad. Pero si aún no la tenéis , también podéis optar por contar con un “Colaborador Social”.

Cualquier administrador de fincas colegiado que esté dado de alta como Colaborador Social puede haceros esta gestión. También hay otros profesionales que pueden hacerlo, como economistas , abogados…




Te dejo el link para que puedas informarte directamente con la agencia tributaria:


Para cualquier duda sobre tu caso en concreto, puedes consultarnos en hola@almartur.es, verás como te echamos una mano.



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